A principios de Diciembre se lanzó la herramienta Exporta Simple, una plataforma digital que facilitará a las Pymes la venta de sus productos en el exterior. Pero cuáles son las claves del programa.
¿Qué es Exporta Simple?
“Exporta Simple” es un Régimen de Exportación Simplificada creado con el objetivo facilitar a los pequeños productores las operaciones de exportación, con fines comerciales, a través de Prestadores de Servicio Postal.
A través de este régimen se busca potenciar el incremento de la actividad exportadora, así como a facilitar la integración con localidades de países del Mercosur.
¿Qué requisitos debo cumplir?
A los efectos de la utilización del Régimen de Exportación Simplificada, deberá cumplirse con los siguientes requisitos:
Los sujetos beneficiarios deberán contar con CUIT y clave fiscal con Nivel de Seguridad 3 como mínimo.
El monto anual de facturación de estas exportaciones no podrá superar el valor FOB equivalente a u$s 600.000 por sujeto.
Cada operación individual no podrá superar el valor FOB de u$s 15.000 por sujeto.
Los bienes sujetos a exportación mediante el presente régimen deberán ser producidos en el país, no alcanzados por prohibición, suspensión o cupo a la exportación.
El peso unitario de cada envío no podrá superar los 300 Kg. brutos.
Los bienes a exportar mediante el presente régimen no podrán ser aquellos sometidos a un tratamiento operativo específicamente normado para el control aduanero.
¿Quiénes son los responsables?
Los Prestadores de Servicios Postales serán los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias que la normativa específica prevea y/o las que en un futuro se dicten a fin de efectivizar la presente medida.
¿Cómo se realiza el egreso de mercadería?
La vía de egreso de la mercadería alcanzada por el Régimen de Exportación Simplificada se realizará mediante la intervención de Prestadores de Servicios Postales, quienes deberán estar inscriptos como “Prestador CUSE” y registrarán sus declaraciones a través del Sistema Informático Malvinas (SIM).
Los Prestadores de Servicios Postales serán los responsables de efectuar los registros de las operaciones de exportación, de acuerdo con las exigencias que la normativa específica prevea y/o las que en un futuro se dicten a fin de efectivizar la presente medida.
Asimismo, estas operaciones estarán alcanzadas por los derechos de exportación, que deberán cancelarse mediante el uso del Volante Electrónico de Pago (VEP) en forma previa al embarque de la mercadería.
¿Qué ocurre en caso de incumplimiento del régimen?
El incumplimiento de los requisitos establecidos en este régimen responsabiliza al Prestador de Servicio Postal y al sujeto beneficiario, respecto a la aplicación de las penalidades que correspondan por las infracciones y/o ilícitos que se cometan en virtud de lo dispuesto por las normas vigentes.
Fuente: https://www.cronista.com