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CAMBIOS EN LAS CONTRIBUCIONES PATRONALES A PARTIR DE LA REFORMA TRIBUTARIA

La Reforma Tributaria Ley 27.430 implica novedades que tienen que ver con las liquidaciones de Sueldos. Crea un Mínimo no imponible, unifica gradualmente la alícuota de Contribuciones. Y elimina beneficios de la ley 26.940 y del Decreto 814/01. 

La Ley 27430 (publicada en el Boletín Oficial el 29/12/2017) estableció diversas reformas impositivas y en su título VI dispuso modificaciones relativas a las contribuciones de seguridad social.

Los cambios adoptados se aplican en forma gradual, a partir de las remuneraciones del período febrero de 2018. Estas modificaciones incluyen un cambio de las alícuotas de contribuciones de seguridad social. La norma vigente hasta la reforma distinguía dos tipos de empleadores a los que se asignaba una alícuota de contribuciones de seguridad social diversa.

Aquellos cuya actividad principal fuera la de servicios o comercio y sus ventas totales anuales superaran la suma de $48.000.000 (según el Decreto 1009/01) debían contribuir una alícuota del 21%. El resto tenía asignada una alícuota de seguridad social del 17%.

A esas alícuotas se debe agregar, en ambos supuestos, la contribución al régimen de obras sociales (6%) y la contribución a la Ley de Riesgos del Trabajo, según la alícuota pactada con la ART.

La Ley 27430 modifica las alícuotas de las contribuciones de seguridad social y dispone que éstas sean unificadas en una alícuota única del 19,50%, vigente a partir del 1º de enero de 2022. Esta unificación se producirá en forma gradual.

Los empleadores que gozaban de los beneficios de reducción de contribuciones establecidos por la Ley 26940 continuarán siendo beneficiarios de aquellas, respecto de las relaciones laborales que cuenten con ese beneficio, hasta el 1º de enero de 2022 en el caso de los microempleadores, o hasta que venza el plazo de 24 meses por el que fue otorgado, respecto de las relaciones laborales que incrementaron la dotación del empleador (en empresas de hasta 80 trabajadores).

Los empleadores referidos pueden optar por aplicar la detracción del importe antes mencionado para determinar  la remuneración imponible, en cuyo caso quedarán automáticamente excluidos de los beneficios de la Ley 26940.

La Ley 27.426 de Reforma Previsional, dispuso una exención de las contribuciones de seguridad social del empleador, a partir de que el trabajador reúna los requisitos para acceder a la Prestación Básica Universal (PBU) establecida por la Ley 24241, artículo 17, inciso a). Por ese trabajador, el empleador solamente deberá ingresar, además de los aportes descontados a aquel, la contribución de Obra Social y la destinada al Régimen de Riesgos del Trabajo (ley 24557)

Resumen de los principales aspectos de la REFORMA TRIBUTARIA LEY 27.430

Las cargas de seguridad social (incluidas en F.931) se ven afectadas de la siguiente manera:

· Para los pequeños y medianos contribuyentes a partir de 02/2018 hasta 12/2018 se incrementan las cargas sociales por seguridad social del 17% al 17.5%.
En años siguientes dicho porcentaje se ira incrementando progresivamente hasta alcanzar el 19.5% a partir del 01/01/2022.

 

REFORMA TRIBUTARIA
LEY 27.430
02/2018 a 12/2018 2019 2020 2021 2022
Pequeños y Medianos Contribuyentes 17.5% 18% 18.5% 19% 19.5%
Grandes Contribuyentes 20.7% 20.4% 20.1% 19.8%

· Quienes utilizaban beneficios de reducción de cargas sociales (Ley 26.940), que perduraban durante los 2 primeros años desde inicio de la relación laboral, podrán seguirlos utilizando hasta que dicho plazo se agote.
· Las nuevas altas de empleados desde 01/01/2018 no podrán utilizar los beneficios de reducción de la ley 26.940 – Régimen de Promoción de Empleo.

· Desde 02/2018, para los casos en que no se pueda seguir utilizando los beneficios mencionados cada empleado tendrá un importe de remuneración exento de impuesto de $2.400 que se proporcionará a  la jornada realizada.

En años siguientes dicho monto se irá incrementando progresivamente hasta alcanzar $ 12.000 a partir del 01/01/2022.

 

REFORMA TRIBUTARIA

LEY 27.430

02/2018 a 12/2018 2019 2020 2021 2022
Pequeños y Medianos Contribuyentes $2.400 $4.800 $7.200 $9.600 $12.000

Para más información: www.iprofesional.com / www.ignacioonline.com.ar

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