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El Domicilio Fiscal, la nueva forma de comunicar de AFIP

La Administración Federal está tendiendo a eliminar los envíos por correspondencia y realizar sus comunicaciones electrónicamente a través de e-ventanilla.

Es importante entrar al servicio con la clave fiscal y registrar una dirección de correo electrónico para recibir todas las novedades.

Les compartimos una noticia relacionada con el tema:

Cada vez más contribuyentes se encuentran en la obligación de constituir un domicilio fiscal electrónico ante la AFIP. Si bien desde su adhesión se recibirán las novedades, se debe entrar al servicio para conocerlas. No obstante, se puede consignar una dirección de correo electrónico para recibir alertas.

Se considera domicilio fiscal electrónico al sitio informático seguro,personalizado, válido y optativo registrado por los contribuyentes y responsables para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y para la entrega o recepción de comunicaciones de cualquier naturaleza.

Su constitución, implementación y cambio se efectuará conforme a las formas, requisitos y condiciones que establezca el fisco nacional, quien deberá evaluar que se cumplan las condiciones antes expuestas y la viabilidad de su implementación tecnológica con relación a los contribuyentes y responsables.

Dicho domicilio producirá en el ámbito administrativo los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen por esta vía.

Podrán notificarse mediante comunicaciones informáticas los siguientesactos administrativos:

– Las liquidaciones administrativas de la obligación tributaria.

– Las citaciones, notificaciones, emplazamientos e intimaciones por falta de presentación de declaraciones juradas y/o de pago y demás actos emitidos con firma facsimilar.

– Toda otra citación, notificación, emplazamiento o intimación emitidas por la AFIP vinculadas con los servicios web a los que hubiere adherido el contribuyente y/o responsable.

A los efectos de la constitución del domicilio fiscal electrónico, los contribuyentes deberán manifestar su voluntad expresa mediante la aceptación y transmisión vía internet de la fórmula de adhesión. 

La constitución del domicilio fiscal electrónico se considerará perfeccionada con la transferencia electrónica de la fórmula de adhesión, efectuada por el contribuyente, responsable o persona debidamente autorizada al efecto.

Tener en cuenta que todas las comunicaciones depositadas en el domicilio fiscal electrónico tienen un tiempo de vida, que se encuentra identificado con el contenido de la misma.

Superado el tiempo de vida (contado a partir de la fecha de generación de la comunicación informática), ésta será removida de su domicilio fiscal electrónico y depositada en un archivo histórico de comunicaciones.

Por este motivo es necesario conocer las comunicaciones que se encuentran en el domicilio fiscal electrónico. Se pueden consignar distintas direcciones de correo eléctronico para que llegue un aviso cuando se encuentre disponible alguna novedad en el mismo.

El servicio prevé la clasificación de las comunicaciones informáticas según su grado de importancia, habiéndose definido las siguientes categorías:

 Importancia baja: el sistema posibilitará al usuario consultarlas en el momento que considere oportuno, sin limitaciones de operación en los restantes servicios web a los que se halle adherido.

– Importancia media: las comunicaciones con esta graduación serán identificadas, a modo de alerta, al ingresar el usuario y contraseña en su portal individual, permitiéndole el acceso inmediato a su domicilio fiscal electrónico.

– Importancia alta: en este caso el sistema informará la existencia de la misma apenas el responsable autorizado haya ingresado su usuario y contraseña en su portal individual, redireccionándolo automática e inmediatamente a su domicilio fiscal electrónico para su lectura. Hasta que la comunicación no haya sido leída, el sistema imposibilitará al usuario a operar con ningún otro servicio electrónico del organismo.

Adhesión
Desde el Blog El Contador Online explican los pasos para adherir al domicilio fiscal electrónico. Como primer paso, hay que ingresar a la pagina de AFIP con CUIT clave fiscal. Se puede hacer desde la opción “Domicilio Fiscal Electrónico” o desde la la opción “E-ventanilla”.

Para adherirlo desde la primera opción:

1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “Domicilio Fiscal Electrónico”.

2- Una vez dentro del servicio, aparecerá una pantalla, donde se pueden visualizar las condiciones de operatoria del domicilio fiscal electrónico. Luego de haber leído los ítems y si se esta de acuerdo, presionar sobre “Acepto los términos y condiciones” y se habilitará la opción “Confirmar Adhesión”.

3- Confirmada la adhesión, el sistema automáticamente descargará la “Fórmula de Adhesión”.

Para adherirlo desde la segunda opción:

1- Dentro de “Servicios Administrativos” ingresar al servicio “E-ventanilla” y se siguen los pasos 2 y 3 mencionados anteriormente.

Consultar novedades


Una vez en el servicio «e-ventanilla», seleccionar la opción “Comunicaciones”.

En el menú de la izquierda se podrá seleccionar a la persona sobre la cual se desea consultar la comunicación y a la derecha el listado de las comunicaciones disponibles.

Configurar un correo electrónico para recibir avisos 

Para recibir avisos acerca de las novedades producidas en el domicilio fiscal electrónico, se podrán registrar distintas direcciones de correo electrónico.

Para ello se debe ingresar a la solapa “Correos” y luego la opción “Crear”.

Luego se desplegará la siguiente pantalla en donde se puede seleccionar la opción “Contribuyente”; ingresar la dirección de correo electrónico y el sistema para el cual se utilizará esa dirección de correo – poner Todos en el caso que se quiera recibir por todas las notificaciones-. Luego presionar “Aceptar”.

De este modo, cada vez que se reciba una notificación por el sistema seleccionado se emitirá un alerta en la dirección de correo electrónico que registre.

 

 

Fuente: http://bit.ly/2xA3yBA

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