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En Junio vence el plazo para presentar las Declaraciones juradas anuales 2017 de Ganancias y de Bienes Personales

Durante junio próximo comienzan los vencimientos para las presentaciones de las declaraciones juradas, tanto determinativas de impuesto como informativas, del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2017.

Declaraciones Juradas determinativas
Deberán presentar la declaración jurada determinativa quienes se encuentren inscriptos en cada uno de los respectivos gravamenes, aun cuando no se determine materia imponible sujeta a impuesto y además en cada caso:
a) Ganancias: aquellos que les corresponda la liquidación del impuesto por estar gravados en el impuesto, aun cuando no hubieran solicitado el alta con anterioridad al vencimiento.
b) Bienes Personales: aquellos contribuyentes que al 31 de diciembre pasado posean bienes que, de acuerdo a las normas de valuación del impuesto, superen los 950.000 pesos.
El plazo para presentar las declaraciones juradas vence durante junio próximo de acuerdo al siguiente detalle:
CUIT 0-1-2-3: 11/06/2018
CUIT 4-5-6: 12/06/2018
CUIT 7-8-9: 13/06/2018

Declaraciones juradas informativas:
Los empleados en relación de dependencia y/o jubilados que hayan obtenido exclusivamente rentas de cuarta categoría durante el período fiscal 2017 deberán, cuando el importe bruto de las mismas, sean éstas gravadas, exentas y/o no alcanzadas, resulte igual o superior a $1.000.000 deben informar:
a) El detalle de sus bienes al 31 de diciembre de cada año, valuados conforme a las normas de Bienes Personales que resulten aplicables a esa fecha.
b) El total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Las declaraciones juradas tendrán el carácter de informativas, excepto que de ellas resulte saldo a pagar o a favor del contribuyente, en cuyo caso deberán inscribirse en el impuesto que corresponda y presentar las declaraciones juradas determinativas.

No quedan obligados a presentar la informativa aquellos beneficiarios de rentas exentas y/o no alcanzadas aún cuando en el total del año superen el monto de 1.000.000 de pesos.

El plazo para presentar las declaraciones juradas informativas correspondientes al período fiscal 2017 este año vencerá el 2 de julio próximo.

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