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Fallo judicial reafirma la no obligatoriedad del POSNET para profesional

Una sentencia del Juzgado Federal Nº 8 hace lugar a la demanda de un profesional contra la AFIP por extralimitarse en obligar a los profesionales a tener Posnet cuando la norma no los incluye.

El dictamen del juicio “Haddad Jorge Enrique s/proceso de conocimiento” del 24/04/2019, hace alusión a la violación del principio de legalidad en materia tributaria pues crea un sujeto que no existía. Asimismo, da lugar al recurso en torno a la indebida extensión de la obligación de los profesionales en el derecho de aceptar como medios de pago las transferencias instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medio de pago que el Poder Ejecutivo Nacional considere equivalentes.

El fallo aclara que la Resolución General de AFIP Nº 3397-E y la Circular 1 E/2017 coinciden en que la ley 27.253 en su Titulo II dispuso obligaciones especiales respecto de los contribuyentes que 1) realicen en forma habitual la venta de cosas muebles para consumo final, 2) presten servicios de consumo masivo y 3) realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles. Asimismo, la resolución judicial considera que la aclaración efectuada por AFIP interpreta que  “consumo masivo” equivale a “consumidores finales”, distorsionando la real intención del legislador incluyendo a los profesionales que no prestan servicios de consumo masivo.

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