Si vendes tu inmueble y vas a comprar otro en reemplazo, podes pedir un certificado de No Retención para no quedar alcanzado por el ITI.
El impuesto a la transferencia de Inmuebles es el impuesto que se aplica a la transferencia de los bienes registrados en el país y se abona al momento de vender una propiedad.
Quienes vendan y compren un nuevo inmueble pueden acceder a un Certificado de No Retención optando por no pagar siempre que se trate de venta de la única vivienda y/o terreno y el fin de adquirir o construir otro bien destinado a casa-habitación propia. Para que esto, la operación debe producirse dentro del término de un año.
Adicionalmente, dentro del plazo de un año se deberá probar por medios fehacientes la adquisición del inmueble de reemplazo y su afectación al referido destino.
Hay que tener en cuenta que la solicitud del certificado deberá efectuarse con una antelación mínima de veinte días corridos al de la celebración del acto que genere el deber de retener.
Para más información ingrese aquí http://www.afip.gob.ar/inmuebles/iti.asp#ver