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Modificaciones en Ganancias y Monotributo para 2018

AFIP actualizó los nuevos valores de las deducciones personales (mínimo no imponible, deducción especial y las cargas de familia) y los tramos de ingresos de las alícuotas que se utilizan para calcular la retención del Impuesto a las Ganancias. Además, publicó los nuevos parámetros del Régimen Simplificado que se aplicará a partir de Enero.

Ganancias:

Ahora los valores son los siguientes:

 

Con estos nuevos valores los empleados pagarán menos impuesto a las ganancias sobre los salarios que cobren desde el primer día de enero.

Las actualizaciones de los valores están contempladas en la ley de Impuesto a las Ganancias, en sus artículos 23 y 90, donde se establece un parámetro específico de actualización a través del coeficiente de variación anual de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE).

A continuación como quedan los tramos y las alícuotas.

Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2017.

 

Por lo tanto, un asalariado sin cargas de familia y sin otras deducciones por hacer, el ingreso promedio mensual a partir del cual soportará el Impuesto a las Ganancias, será de $29.855 netos o $35.971 (incluido el proporcional del aguinaldo).

En tanto, si se trata de un empleado con dos hijos a su cargo (por ser menores de 18 años o incapacitados para el trabajo) y que puede deducir a su cónyuge (porque no tiene ingresos propios o, si los tiene, no superan los $66.917,9 en todo el año), entonces el piso salarial en Ganancias será de $39.494,7 netos o $47.584 brutos.

Asimismo, se actualiza el valor máximo deducible por el pago de salarios y contribuciones del sistema de servicio doméstico. Para 2018, ese monto tope será de 66.916,91 pesos.

Monotributo

El componente impositivo para el rubro de prestación de servicios irá desde $87,04 a $3.584,17. En tanto, para venta de cosas muebles irá desde $87,04 a 6.048,30 pesos. A continuación las tablas de las categorías y de los valores a ingresar.

Plan de pagos

En paralelo, AFIP oficializó el nuevo plan de pagos para monotributistas excluidos.

El nuevo plan de pagos se dio a conocer a través de la resolución general 4166.

La flamante norma establece un régimen de facilidades de pago permanente, en el ámbito del sistema “MIS FACILIDADES”, para los sujetos que hayan sido excluido de Monotributo cuya fecha de registración de la novedad en el “Sistema Registral” sea a partir del 1 de octubre de 2017, inclusive.

El plan es aplicable a la cancelación de las obligaciones correspondientes a las declaraciones juradas determinativas de los impuestos al valor agregado y a las ganancias, como también los aportes personales de los trabajadores autónomos, más sus respectivos intereses vencidos desde el acaecimiento de algunas de las causales de exclusión hasta el día de registración de la novedad de la exclusión en el “Sistema Registral” de AFIP

Quedan excluidos del flamante plan de pagos, los siguientes conceptos:

  1. a) Los anticipos y/o pagosa cuenta.
  2. b) Lasretenciones y percepciones.
  3. c) Losintereses relacionados con los conceptos precedentes.
  4. d) Losintereses de las deudasde capital que no estén regularizadas en este régimen.
  5. e) Los intereses punitoriosgenerados por todo concepto.
  6. f) Las multas materiales.
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