Novedades

NUEVO FORMULARIO 960/D

El nuevo Data Fiscal, es un formulario interactivo que lleva impreso un código de respuesta rápida -QR- que le permite conocer el comportamiento fiscal de un comercio, tanto al consumidor como al público en general.

 

Quienes realicen operaciones de ventas de bienes muebles o locaciones o prestaciones de servicios realizadas con consumidores finales, que se encuentren obligados a emitir facturas o documentos equivalentes, deberán exhibir el formulario 960/D – “Data Fiscal”, en sus locales de venta, locación o prestación de servicios -incluyendo lugares descubiertos-, salas de espera, oficinas o áreas de recepción y demás ámbitos similares. Los mismos tendrán impresos los datos identificatorios del obligado a exhibirlo, las formas de pago aceptadas en el establecimiento y un código de respuesta rápida (QR).

La obligación de exhibir el formulario corresponde por cada domicilio comercial, el que deberá estar declarado ante AFIP previamente como local o establecimiento, excepto cuando el mismo corresponda al domicilio fiscal. Su impresión” se efectuará sobre papel tamaño A4, de gramaje no menor a 80 gramos y respetando sus características en cuanto a diseño, formato, medidas y colores.

Los ciudadanos podrán reportar a la AFIP las irregularidades que detecten ingresando al sitio web del fisco nacional. Además, la resolución general establece diferentes fechas para cumplir con la obligación de aceptar las transferencias de pago instrumentadas mediante tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes (ver más abajo cronograma).

El código QR no requiere de un lector especial: una simple cámara de un dispositivo móvil con conexión a Internet, es capaz de interpretar el código por medio de un software gratuito. El código posee un link de ingreso a una página web que te exhibirá los datos del contribuyente en particular, donde además podés hacer denuncias si así lo requirieses.

Cronograma de Aplicación

Las variables a tener en cuenta son el tipo de actividad y el monto total de ingresos brutos anuales del último balance comercial

  

Los comercios tendrán la obligación de tener impreso un cartel indicando qué medios de pago acepta.

Fuente: AFIP

Compartir: