Tendrán una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos
Rige desde este miércoles la rebaja del Impuesto al Valor Agregado a cero a monotributistas y autónomos, por lo que beneficia a kioscos y minimercados, y a sus clientes. Lo determinó el presidente a través del Decreto 603/2019 publicado la semana pasada en el Boletín Oficial.
La administración nacional decidió que se encuentren alcanzadas por una alícuota cero las ventas de los productos de la canasta básica alimentaria que realicen monotributistas y responsables inscriptos.
Esta medida será aplicada para quienes realicen venta al por menor en supermercados y minimercados (incluye mercaditos, autoservicios y establecimientos similares que vendan carnes, verduras y demás productos alimenticios en forma conjunta).
También beneficia a kioscos, polirrubros y comercios no especializados; los que no tengan predominio de productos alimenticios y bebidas, y a aquellos que se dedican a la venta al por menor de productos lácteos.
Asimismo, beneficia a quienes realizan venta al por menor de productos de almacén y dietética; y comercialización al por menor de huevos, carne de aves y productos de granja y de la caza; como así también frutas, legumbres y hortalizas frescas.
Por último, quedan exentos de pagar IVA quienes se dedican a vender pan y productos de panadería; productos alimenticios no clasificados previamente, alimentos, bebidas y tabaco en puestos móviles y mercados, entre otros.