El valor FOB de las mercaderías a importarse no debe exceder los u$s3.000 para cada destinatario. En el caso de exportaciones, el límite se ubica en u$s1.000 para cada remitente del envío.
La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso hoy una actualización en los valores de los pequeños envíos que pueden realizarse por Courier. Así lo establece la Resolución General 4259 publicada en el Boletín Oficial.
La reglamentación establece que los Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier podrán efectuar la solicitud de importación o de exportación para consumo en forma simplificada, siempre que:
a) El valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los u$s1.000 para cada remitente del envío; y
b) El valor FOB de las mercaderías a importarse no exceda los u$s3.000 para cada destinatario.
Anteriormente el valor era de 1.000 dólares tanto para la importación como para la exportación.
El Régimen Simplificado no tiene límites de envíos y le evita al usuario los trámites aduaneros. Las nuevas pautas serán de aplicación para aquellos envíos que aún no hayan sido liberados a plaza. Esta modificación no alcanza al régimen conocido como “Puerta a Puerta”.