Habían sido eliminados por decreto a comienzos de 2017. El Congreso había aprobado la ley a fines de septiembre. Ahora fue dispuesta por el gobierno a través del decreto 831, publicado en el Boletín Oficial.
La norma faculta al Poder Ejecutivo a fijar anualmente hasta 3 feriados o días no laborables destinados a promover la actividad turística y establece los días festivos del año próximo.
La norma promulgada fija como feriados inamovibles de 2018:
– 1 de enero (Año Nuevo);
– lunes y martes de Carnaval;
– 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia);
– Viernes Santo;
– 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas);
– 1 de mayo (Día del Trabajo);
– 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo);
– 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano);
– 9 de julio (Día de la Independencia);
– 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
– 25 de diciembre (Navidad).
Feriados nacionales trasladables
- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del Gral. Martin Miguel de Güemes.
- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín.
- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.
La medida, que repone la herramienta que había sido eliminada mediante un decreto de necesidad y urgencia a comienzos de este año, señala que los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguientes.